lunes, 14 de enero de 2013

Se extiende el decreto de inamovilidad laboral durante el año 2013


Publicado el 27/12/2012 en PRENSA PRESIDENCIAL.
La ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, María Cristina Iglesias, informó sobre la extensión del decreto de inamovilidad laboral para el año 2013. «En este Consejo de Ministros 852 se ha extendido la inamovilidad laboral por decreto para todas las trabajadora y trabajadores en el marco de la Ley Orgánica de los Trabajadores y Trabajadoras».
«El decreto de inamovilidad laboral entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2013 y se mantendrá hasta el 31 de diciembre del año 2013. Esto es una medida de protección especial para los trabajadores y trabajadoras. Estamos cumpliendo 10 años con un régimen de inamovilidad muy importante, para proteger a los trabajadores, sus familias y el empleo», dijo.
Detalló que en el articulo segundo del decreto queda establecido que ningún trabajador «podrá ser despedido y desmejorado, ni trasladado sin justa causa previamente calificada por el inspector del trabajo».
También está previsto en el artículo tercero: «En caso de existir una violación por parte del patrono con relación al despido con causa justificada de un trabajador o trabajadora, este podrá acudir en los próximos 30 días a las inspectorías del trabajo, donde será atendido y se le aplicará un procedimiento nuevo que contiene la nueva Ley del Trabajo, que es sumamente rápido, transparente y efectivo».
Destacó que la nueva ley vigente establece las multas y sanciones a los patronos o patronas que infrinjan los derechos de los trabajadores en el caso de la inamovilidad decretada. «Las multas que antes se imponían estaban entre medio salario mínimo y cuatro salarios mínimos. Ahora oscilan entre 60 unidades tributarias y 120 unidades tributarias, en relación al incumplimiento de la inamovilidad laboral y al desacato de reenganche del trabajador».
La ministra aseguró que el decreto de inamovilidad ampara a los trabajadores y trabajadoras que se rigen por la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, independientemente de su salario. «En este caso son todos aquellos trabajadores contratados a tiempo indeterminado, que tengan más de un mes al servicio de un patrono. La nueva ley establece que el periodo de prueba de un trabajador se reduce a un mes. Con la antigua ley eran tres meses».
También se ven beneficiados por el decreto de inamovilidad laboral «aquellos trabajadores contratados por tiempo determinado hasta el término de su contrato. Y todos aquellos trabajadores contratados para una obra o parte de ella hasta que esta sea concluida», aseguró.
El derecho al trabajo significa la protección no solo para el trabajador, sino de su familia, y esta medida de inamovilidad es una parte de las políticas sociales que lleva a cabo el Gobierno Bolivariano por instrucciones del presidente Hugo Chávez, destacó la ministra Iglesias.

Pasos para validar el reposo en el Seguro Social (IVSS)


1. Debes estar registrado en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), si no lo estás la empresa debe asumir el pago total del reposo.
2. Tener el informe médico legible con información detallada del diagnóstico, resultado de exámenes y tiempo de duración del reposo la cual debe ser superior a 3 días. El reposo debe tener impreso el nombre del médico tratante, la dirección del centro de salud con firma y sello húmedo.
3. Ingresar a la página del IVSS http://www.ivss.gov.ve/ y descargar  la planilla que se encuentra en el ícono de cuenta individual del portal.
4. Solicitar la cita en el centro asistencial del IVSS con los requisitos antes mencionados. Para ello puede ir usted mismo o enviar a algún familiar con todos los documentos a alguna de las clínicas del IVSS; allí le indicarán que día debe acudir el paciente a la revisión médica y validación de los días de reposo. En algunos centros asistenciales del IVSS, cuando la duración del reposo es superior a 3 días pero inferior a 8 días, los valida medina general el día que asistes dentro de las 72 horas siguientes de emitido el mismo.

lunes, 7 de enero de 2013

Culminamos con éxito el 2012!!!


Un año nuevo siempre genera buenos ánimos y deseos de hacer mejor las cosas. Desde la Junta Directiva de SINBOTRASERVISEGUROS esperamos que este año 2013 sea de mejoras y logros para todos los trabajadores de Venezuela y el mundo, en especial los de Mapfre Asistencia Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, S.A. y Servicios Generales Veneasistencia, C.A.

Nos esperan muchas cosas buenas este año, por lo que esperamos contar con tu apoyo. Los logros obtenidos en el año 2012 no pueden ser olvidados: pago doble de las horas extras que no tenían autorización del MINPPTRASS, retroactivo (aún a la espera de que nos expliquen ¿cómo lo calcularon?) del complemento de utilidad de los 5 años anteriores y la obligatoriedad de que la empresa lo continúe pagando de ahora en adelante, el registro y legalización de nuestro  “SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE EMPRESAS DE SEGUROS, REASEGUROS, SERVICIOS GENERALES, AFINES, SIMILARES, CONEXOS Y SUS DERIVADOS DEL ESTADO MIRANDA “SINBOTRASERVISEGUROS” por parte de la Inspectoría del trabajo y la puesta en marcha de un equipo de colaboradores dispuestos a luchar por nuestras reivindicaciones de la mano de la FBSTT-CCP del Edo. Miranda, de la CBSTT-CCP y el gobierno revolucionario del Comandante Hugo Chávez.


Y como decía el Camarada Lenin: "Es preciso soñar, pero con la condición de creer en nuestros sueños. De examinar con atención la vida real, de confrontar nuestra observación con nuestros sueños, y de realizar escrupulosamente nuestra fantasía.", así que es el momento de realizar el sueño en común que todos tenemos y lograr alcanzar las reivindicaciones que nos merecemos por ser el motor de la empresa…