jueves, 13 de diciembre de 2012

¿BOTADO POR SINDICALISTA?

¿Cúantos trabajadores no habrán sido despedidos por exigir sus derechos laborales? APRENDE A DEFENDERTE si te coaccionan o te despiden del trabajo sin razón. He aquí algunos argumentos para la defensa de tus derechos:
· La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 95 establece lo siguiente: “los trabajadores, sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales para la mejor defensa de sus derechos”.
· De igual forma indica que estas organizaciones y sus afiliados, no están sujetas a intervención, suspensión o disolución administrativa. Los Trabajadores Y Trabajadoras están protegidos contra todo acto de discriminación o de injerencia contrario al ejercicio de este derecho.
· Por su parte, la Ley Orgánica Del Trabajo, Los Trabajadores Y Trabajadoras (LOTTT) en su artículo 358, literal E, establece que:”Los Patronos o Patronas no podrán: e) Discriminar a  los trabajadores o trabajadoras por el motivo de su afiliación sindical”.
· El artículo 536 de la LOTTT agrega también que el patrono que viole las garantías legales de libertad sindical, será sancionado o sancionada con multa hasta de 360 Unidades Tributarias equivalente a Bs.32.400,00 por cada caso de violación de garantías, además de restituir y retribuir al trabajador su estabilidad laboral y sus derechos sin ningún tipo de discriminación.
· En el caso concreto, todo acto discriminatorio y de menoscabo de los derechos de los trabajadores por parte del patrono debe ser denunciado ante la Inspectoría del Trabajo respectiva por parte de la persona afectada y un representante del sindicato al cual se encuentra afiliado, a los fines de iniciar el procedimiento sancionatorio correspondiente.
Autor: Abogado José Gregorio Hernández Rivas, Especialista en Derecho del Trabajo.

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